Armenta cayó en anomalías al repartir recursos del ramo 33
Aseguran la delegación federal de Sedesol
Efraín Núñez Calderón
El Gobierno del estado cometió una irregularidad al entregar recursos del ramo 33 por más de 800 millones de pesos a los Ayuntamientos, sin contar con los expedientes técnicos necesarios, reconoció Luis Eduardo Siliceo Curiel, encargado de despacho de la Delegación en Puebla de la Secretaría de Desarrollo Social federal (Sedesol).
Por su parte, Myriam Arabian Couttolenc, coordinadora de Delegaciones Federales de Sedesol, destacó que el Gobierno del estado debe ceñirse a lo que establece la Ley de Coordinación Fiscal, y no entregar los recursos basándose a la “buena idea” de Alejandro Armenta Mier, secretario de Desarrollo Social (SDS).
El martes pasado, Armenta Mier confesó que el gobernador Mario Marín anticipó la primera entrega de recursos del ramo 33 a los Ayuntamientos, aún sin contar con los expedientes técnicos necesarios, para así agilizar las obras y evitar desvíos de recursos en la jornada electoral de noviembre próximo.
Al respecto, Eduardo Siliceo, encargado de despacho en la delegación de Sedesol —tras la salida de Pedro Plaza Montaño— consideró que los recursos de origen federal se deben distribuir según lo marca la legislación al respecto:
“Los lineamientos son las leyes federales, en este caso en el ejercicio del ramo 33, el estado debería sujetarse a los lineamientos jurídicos (…) En el caso de esta delegación, no podemos entregar recursos si no tenemos expedientes porque el expediente es el que te da el monto de la obra. Entonces, cómo puedes liberar un recurso si no tienes el monto total de la obra (…) Cuando se hace una entrega es porque ya se tiene un monto, y si se tiene un monto es porque ya se tiene un expediente”, consideró.
No obstante, el funcionario después matizó su punto de vista al asegurar que la entrega de recursos puede adelantarse en función del monto de la obra, por lo que dijo que no puede juzgar la forma como el Gobierno del estado está haciendo entrega de estos montos:
“Hay que preguntarle al Gobierno del estado cuál es el término en el que esperarán los expedientes, porque puede ser que tengan alguna previsión en el sentido de resultados o de datos técnicos. Es posible que con base en esto se pueda estar dando un anticipo que puedan ajustar (…) Habría que preguntarles cómo hacen esta entrega; no puedo juzgar de lo que no tengo conocimiento (…) Deberán tener un criterio de expedientes o un valor estimado de las obras”.
Asimismo, consideró que hablar de que una entrega anticipada y sin proyectos propicia un desvío de recursos hacia campañas electorales, se trata de una especulación, aunque no descartó que la situación se dé:
“Puede darse o no, según sea el municipio (…) Lo cierto es que los recursos tienen que ser comprobados en tiempo y forma antes del 31 de diciembre de 2007. Tienen que haber licitaciones públicas (...) Los procedimientos los está haciendo el Gobierno del estado; hay que preguntarle a ellos”.
Se deben seguir criterios federales: Arabian
En entrevista vía telefónica, Myriam Arabian Couttolenc, coordinadora de Delegaciones Federales de Sedesol, enfatizó que la entrega de recursos del ramo 33 debe seguir los criterios señalados por la federación establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal y la Ley de Egresos, y no se deben realizar con base a “la buena idea del secretario Armenta”.
Para la funcionaria federal lo grave no es que el Gobierno haya anticipado los montos a los Ayuntamientos sin contar con los expedientes técnicos necesarios, sino que se estén utilizando criterios personales: “Existen Gobiernos estatales que contravienen la legislación federal. No hay problema, al contrario, no les deberían pedir expedientes técnicos. No obstante, la ley señala que la emisión de estos recursos se debe hacer en diez mensualidades. Bajo estos esquemas, los Gobiernos estatales terminan jineteando el dinero de los municipios”, aseveró:
—¿El argumento principal es que no se desvíen recursos durante la jornada electoral; sin embargo, se resuelve con ello el problema de que el dinero se utilice con fines electorales? —Se le preguntó.
—Quienes deben cuidar cómo se gasta el presupuesto son los diputados. No creo que con este esquema se resuelva el desvío de recursos. El punto es que el dinero se debe entregar según la ley; no puede ser a la buena idea del secretario de Desarrollo Social (…) Por otro lado, no se puede restringir la emisión de los recursos por ser época electoral, es como si la Sedesol le señala al Gobierno del estado que no puede dar recursos por ser un año electoral.
Arabian manifestó que además de lo anterior, los alcaldes de los 217 municipios deben transparentar en qué proyectos se ejercerán los recursos para que los ciudadanos estén al pendiente de que se utilicen en esos empeños:
“Lo cierto es que no es el Gobierno del estado quien (sic) debe determinar eso. Los municipios no son sus hijos. Los recursos deben darse una vez recibidos y permitir que los Ayuntamientos lo gasten en lo que mejor requiera”, puntualizó.
La versión de la SDS
A través de una ficha informativa, la Secretaría de Desarrollo Social (SDS) argumenta que no se ha cometido una irregularidad en la entrega de recursos del ramo 33 sin expedientes. Para ello cita el artículo 32, párrafo II de la Ley de Coordinación Fiscal.
No obstante, omite lo que se establece en la primera parte del artículo citado, en el sentido de que este fondo se “enterará mensualmente en los primeros diez meses del año por partes iguales a los estados por conducto de la Federación y a los municipios a través de los estados, de manera ágil y directa, sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo, que las correspondientes a los fines que se establecen en el artículo 33 de esta ley”, establece el documento publicado en la pagina de Internet http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio
Cambio reproduce la ficha informativa de la SDS firmada por Alejandro Espidio Reyes, director de Apoyo a la Operación para la Infraestructura (DAOI):
“De conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal, en su artículo 32 párrafo 2º, se señala que ‘se enterará por conducto de la Federación a los Municipios, a través de los Estados, de manera ágil y directa, sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo’. De tal manera que los recursos fiscales constituidos por las aportaciones federales (Ramo 33) habrán de sujetarse a la aplicación y al ejercicio de las atribuciones de manera concurrente y coordinada entre el Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos, de forma tal que la administración, distribución, ejercicio y supervisión de dichos recursos son responsabilidad conjunta, con el objeto de garantizar la transparencia y la oportuna asignación sin menoscabo de la competencia municipal.
“Por tanto, de acuerdo al Artículo 76 de la Ley para el Federalismo Hacendario del Estado de Puebla se establece que ‘la ministración (entrega periódica) de los recursos por parte del Estado a los Municipios continuará una vez que los Ayuntamientos comprueben con la documentación (expedientes técnicos) la aplicación de los recursos’”. (ENC)
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